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Las compañías de recobro me acosan a llamadas reclamando mis deudas, ¿es legal?

¿Sufres acoso telefónico por deudas? Entonces, estás siendo víctima de las agencias de recobro. Te ayudamos a ponerle solución.

Acoso telefónico por deudas

Son muchas las entidades y empresas de recobro que acosan y presionan a sus deudores para que terminen pagando sus deudas. La táctica más utilizada consiste en llamar repetidamente a sus víctimas, llegando a acosarlas. En cada llamada telefónica, les amenazan contando las supuestas consecuencias que podrían sufrir en caso de no abonar el importe a deber. Además, estas reclamaciones suelen ser de cuantías superiores de las que se deben realmente para que la cantidad a cobrar sea aún mayor.

Aunque todo apunta a que se trata de una situación de acoso delictivo, no lo es. Estos tipos de empresas son completamente legales que pueden dedicarse a realizar llamadas molestas sin ningún tipo de inconveniente.

Sin embargo, estas molestias tienen límites que estas compañías de recobro sobrepasan constantemente, pudiendo llegar a considerarse acciones ilegales. 

Muchos clientes de ILM abogados nos cuentan la experiencia de acoso que han sufrido por parte de financieras y empresas de recobro que llaman constantemente por teléfono de manera reiterada exigiendo el pago de una supuesta deuda.

Si tú también quieres saber qué hacer frente a este tipo de prácticas sigue leyendo atentamente. 

 

¿Qué son las compañías de recobro?

Las compañías de recobro son empresas de carácter privado que hacen de intermediarias entre el acreedor y el deudor. Los acreedores venden los datos de las personas morosas a agencias de recobro para que estas se encarguen de exigir el cobro de la deuda. 

 

Mediante estas empresas de recobro los acreedores tienen a su disposición una vía alternativa para exigir el cobro de una deuda sin tener que acudir directamente a los tribunales de justicia o incluso al Tribunal Supremo. 

 

¿El acoso telefónico por deudas es legal?

Como hemos dicho anteriormente, estas empresas son totalmente legales

Esto se debe a que España es el único Estado de la Unión Europea que no tiene regulación en materia de empresas de recobro de deudas en su Código Penal. 

En principio, en España, el juez es el único que puede castigar y obligar a un moroso a pagar.

No obstante, según el artículo 1096 del Código Civil, el acreedor tiene derecho a reclamar extrajudicialmente una deuda. Por lo tanto, si el Código Civil permite que el acreedor pueda reclamar sus deudas esquivando la vía judicial, las empresas de recobro son lícitas, porque eso es exactamente lo que hacen. 

 

Amenazas de las agencias de recobro 

El miedo es la medida de presión que fuerza a muchos de consumidores a pagar deudas sin saber que posiblemente estén pagando más de lo que deberían o incluso ni siquiera tendrían que abonarlas, y las amenazas por parte de estas compañías surten efecto en la mayoría de las ocasiones.

Palabras como embargo, deuda, fichero de morosos, o juicio son lo suficientemente amenazadoras para que muchos usuarios sientan miedo o se asusten pensando que la coacción o amenaza puede hacerse realidad, y acaben pagando la supuesta deuda para evitar problemas.

Estas son algunas de las amenazas más comunes con las que las agencias de recobro acosan telefónicamente a sus víctimas:

“Si no pagas vas a ir a la cárcel…”
“Paga ya o tu deuda se va a multiplicar por cada día que pase…”
“Te vas a quedar sin tu casa…”
“No te van a dar un crédito en la vida…”
“Vamos a decir a todo el mundo que eres un moroso…”

 

Qué hago si sufro acoso telefónico

Si eres víctima del acoso telefónico por deudas, lo primero es que mantengas la calma. Muchas personas han pagado cantidades que no les correspondían por intentar terminar con las molestias y cesar las llamadas. 

No pagues sin asesorarte previamente con un abogado. No vas a ir a la cárcel por no pagar una deuda. Te podrían poner una reclamación civil que como mucho te podría condenar a abonarla si estás obligado a ello, pero nada más. 

Aunque te amenacen por teléfono con que te van a embargar de inmediato, tampoco va a ocurrir. Aunque tuvieras una deuda por un préstamo, un recibo impagado, o una tarjeta de crédito, nunca te van a embargar de hoy para mañana, porque previamente tiene que tramitarse un procedimiento judicial civil, que te tienen que notificar, y que tiene que culminar con una sentencia tras el juicio correspondiente. Y aunque te condenen a pagar por sentencia, el embargo no es inmediato.

Si el acoso de llamadas persiste, debes grabar las conversaciones e interponer una denuncia. No pueden reclamarte una deuda con coacciones y amenazas, porque ello es constitutivo de delito.

Con la denuncia podrás evitar que te sigan llamando y si quieren reclamarte, deberán utilizar la vía jurisdiccional civil.

Ten en cuenta que las amenazas de revelar a terceras personas tu presunta morosidad atenta a tus derechos a la dignidad y al honor y va en contra de lo dispuesto en la Ley Orgánica de Protección de Datos. Aunque las utilicen por teléfono, las empresas de recobro o financieras lo saben y solo es una medida de presión más. 

Por último, te recomendamos ponerte en contacto con un abogado especialista en derecho de los consumidores.

 

Consulta a un abogado especialista en derecho de los consumidores

Si te reclaman el pago de una deuda amenazando con incluirte (o diciéndote que ya estás incluido) en un fichero de morosos, no pagues nada sin consultar antes con un abogado. Muchas cantidades que se reclaman por esta vía derivan de cláusulas abusivas o intereses desmedidos asociados a tarjetas revolving, productos de banca o telefonía, y seguramente, no te corresponde abonarlos.

Recuerda que, si te incluyen de manera indebida en un fichero de morosos, vas a sufrir un perjuicio no solo por las consecuencias asociadas a ese tipo de registros que te va a impedir contratar cualquier producto o servicio, sino también porque salir de esos ficheros no es nada sencillo sin ayuda legal.

Para resolver estos problemas hay que comenzar analizado la supuesta deuda.  Puede ocurrir que debas una parte de lo que te reclaman, pero no la totalidad, o puede que te hayan incluido de manera indebida en una lista de morosos por esa deuda, con el consiguiente perjuicio que ello te va a causar. 

En ILM abogados somos especialistas en derecho de los consumidores, trabajamos desde hace 14 años defendiendo a los perjudicados por su inclusión indebida en las listas de morosos, y podemos ayudarte si te están acosando por teléfono por una supuesta deuda. Contacta con nosotros y valoraremos tu caso en una consulta gratuita y sin compromiso.

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