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Todo lo que necesitas saber sobre el Impuesto de Sucesiones de Asturias

Te explicamos todo lo que necesitas saber sobre el Impuesto de Sucesiones de Asturias teniendo en cuenta tu patrimonio

Herencia en Asturias

La llegada de una herencia en Asturias con motivo del fallecimiento de un ser querido, no sólo se puede convertir en un calvario a nivel personal y emocional, sino que puede convertirse en una auténtica odisea para quien ha de recibir la herencia del difunto. Papeleo, tensiones familiares e impuestos son los protagonistas indiscutibles cuando llega el momento de recibir una herencia.

En este caso el gran protagonista es el Impuesto de Sucesiones y Donaciones. Es un impuesto progresivo, esto significa que no tiene un porcentaje fijo de gravamen sino que cuanto mayor sea la cantidad a heredar mayor será la cantidad a pagar en impuestos. En términos generales, el gravamen oscila del 7,65% al 34% que se deja en manos de cada Comunidad Autónoma.

 

¿Cómo se reparte la herencia en Asturias?

La legislación vigente obliga a respetar a los herederos forzosos, también conocidos como herederos legítimos. En este caso, se estaría hablando del cónyuge viudo, los descendientes, o los ascendientes, en el caso de haberlos. Estos herederos obtendrán, como mínimo, la herencia legítima, en otras palabras, la tercera parte de la totalidad de la herencia completa.

En el caso de que no haya testamento redactado por el difunto, la ley establece que toda la herencia pasará a los hijos, siempre a partes iguales, y en el caso de que alguno de ellos hubiera fallecido, a los nietos. En el caso del cónyuge viudo, recibirá la herencia legítima, o lo que es lo mismo, el usufructo de la tercera parte de la herencia del fallecido. Si no existen descendientes del fallecido, heredarán los ascendientes directos, quienes deberían compartir la mitad de los bienes con el cónyuge.

Si tampoco hubiera ascendientes, el cónyuge se quedaría con la totalidad de la herencia. Por último, si no hay descendientes, ascendientes o cónyuge, podrán heredar los hermanos y el resto de familiares, que deberán acudir a juicio para conseguir la declaración de herederos.

 

Calcular el Impuesto de Sucesiones en Asturias

Cabe destacar que para poder disponer de los bienes de la herencia en Asturias, los herederos han de pagar de forma obligatoria lo que se conoce como el Impuesto por Sucesiones antes de que transcurran seis meses tras la lectura del testamento. 

Las cantidades a abonar pueden variar enormemente según la comunidad autónoma así como del grado de parentesco que se mantenga con la persona que haya fallecido.

Si nos centramos en el caso concreto del Principado de Asturias, para poder realizar el cálculo correcto de la la cuota a pagar sobre el Impuesto sobre Sucesiones en Asturias habrá que partir de la base imponible de cada heredero.

Base imponible

Cuando se habla de la base imponible de cada heredero se habla de la porción de la herencia en Asturias que le corresponde dependiendo de la Ley y las disposiciones concretas que consten en el testamento.

Señalar que la base imponible se determinará mediante el valor real de los bienes del fallecido, derechos en las cargas y deudas deducibles. A la base imponible para el cálculo del impuesto correspondiente a pagar se le podrán restar aquellas reducciones que correspondan como por ejemplo la vivienda habitual, el parentesco, la empresa familiar, la sucesión consecutiva, etc., logrando de este modo la base liquidable. Esta también cuenta con un efecto progresivo, de forma que cuanto más se declara se paga más. 

 

Grupos de parentesco del Impuesto de Sucesiones

  • Grupo I: los descendientes y adoptados menos de 21 años
  • Grupo II: descendientes y adoptados mayores de 21 años, cónyuges, ascendientes y adoptantes.
  • Grupo III: colaterales de segundo grado (hermanos) y tercer grado (sobrinos y tíos) además de ascendientes y descendientes por afinidad.
  • Grupo IV: colaterales de cuarto grado (primos), grados más distantes y extraños.
Coeficientes multiplicadores en función del patrimonio para calcular herencia

Por otro lado, si los herederos son familiares lejanos se aplica un nuevo coeficiente multiplicador que es distinto para cada concejo. Por ejemplo, a continuación mostramos los casos de Oviedo y Gijón:

Coeficiente Multiplicador herencia Asturias

Exenciones del Impuesto de Sucesiones

Como bien sabemos, los mayores beneficiados de las reducciones y exenciones de este Impuesto de Sucesiones de Asturias son los familiares directos: ascendientes, descendientes y cónyuges. Por su parentesco, les aplica una reducción del 100% de la base imponible en los primeros 300.000€. Esto quiere decir que una herencia en Asturias con un importe menor a 300.000 no tributa.

Esto depende de la comunidad en la que nos encontremos. En el caso de Madrid la bonificación es del 99% para los grupos I y II, sin importar la cuantía a recibir. Por ejemplo, si en Madrid un nieto hereda 150.000 euros tendría que pagar una pequeña cantidad, en cambio en Asturias no tendría que tributar nada.

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