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Novedades en la declaración de la Renta

¿Conoces todas las novedades de la declaración de la renta? Te explicamos las tres principales novedades y las fechas clave para que no te pierdas nada.

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Fechas clave en la declaración de la renta 2021

Estamos en Abril, y como todos los años, es el momento de comenzar a realizar la declaración de la renta. Las fechas clave para gestionarlo son las siguientes:

6 de Abril: Comienza el plazo para presentarla. Todos los contribuyentes pueden consultar su borrador en la página de la Agencia Tributaria.

3 de Mayo: Comienza el servicio de cita previa para la ayuda en la realización de declaraciones. El servicio estará disponible en las delegaciones territoriales y oficinas de la Agencia Tributaria.

26 de Mayo: A partir de este momento los contribuyentes podrán presentar la declaración en papel de forma presencial. Es necesario solicitar cita previa.

26 de Junio: Termina el plazo para presentar las declaraciones de la renta a ingresar con domiciliación bancaria.

29 de Junio: Último día para solicitar la cita previa de la declaración de la renta de 2021.

30 de Junio: Finaliza el plazo para enviar la declaración de la renta en todas sus modalidades.

 

Mínimo para hacer la declaración de la renta 2021

Tener o no tener la obligación de hacer la declaración de la renta es determinada por los ingresos obtenidos durante el año.

Si sólo tenemos un pagador, estaremos exentos de realizar la declaración de la renta si tenemos ingresos inferiores a los 22.000€. En cambio, si tenemos más de un pagador. El máximo será de 14.000€, siempre y cuando el resto de pagadores nos hayan abonado 1.500€ o más. En el caso contrario, se sigue aplicando el máximo de 22.000€.

 

Novedades declaración de la renta 2021

Tramos de IRPF

Los tramos se han incrementado este año. Se ha creado un nuevo tramo, para rentas superiores a los 300.000€, con un tipo del 47%. El objetivo es aumentar la recaudación haciendo que los que tienen rentas más altas paguen más. De esta forma no se perjudica a las clases medias y trabajadoras.

 

Declaración de criptomonedas

Aunque siempre ha sido obligatorio declarar las ganancias de las criptomonedas, ya que se consideran ganancias patrimoniales, hasta este año se realizaba junto con el resto de ganancias. En cambio, a partir de ahora, las ganancias de criptomonedas deberán declararse en una casilla específica, la número 1626. Sólo deberán declararse las ganancias, la posesión no debe declararse. Únicamente es necesario declarar la posesión cuando supera la cantidad de 50.000€.

 

Cambios en los planes de pensiones

Se ha rebajado el importe de las deducciones en las aportaciones a los planes de pensiones. En las aportaciones a los sistemas de previsión social individual, el máximo a deducir será la menos entre 2.000€ anuales o el 30% de los rendimientos netos del trabajo y actividades económicas.

En el caso de los Planes de Pensiones de Empleo (PEE) y los planes de Previsión Social Empresarial (PPSE), se pueden deducir otros 8.000€ anuales (haciendo un total de 10.000€), siempre y cuando la totalidad del incremento sea aportado por las contribuciones empresariales.

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