Dentro de este delito se pueden integrar diversos aspectos. Esto se debe a que no únicamente se trata de suplantar un nombre y apellidos de forma puntual. Se puede suplantar un estado familiar, la relación de parentesco, la nacionalidad o incluso la vecindad civil.
Para que haya delito de usurpación se tiene que causar algún daño. También tiene que haber beneficio propio, si no es así, podría considerarse como un error. Como puedes imaginar, con la llegada de Internet este número de delitos se ha incrementado considerablemente. Sin embargo, la red no es el único ámbito en donde se producen.
Vamos a conocer un poco mejor este delito y ver cómo puede afectar a todas las partes del mismo.
Sujetos de la usurpación
Estamos ante un delito que tiene doble naturaleza. Esto se debe a que existe una parte que es falsa, la que suplanta identidad y la parte que es suplantada. Para que se considere delito es importante recordar que no tiene que haber necesariamente daño. Puedes ser suplantado sin sufrir daño alguno, pero será un delito debido al beneficio que se ha llevado el suplantador.
Sujeto activo
El sujeto activo del delito de usurpación del estado civil es la persona que usurpa, es decir, la persona que se hace pasar por otra.
Este sujeto activo deberá de obtener un beneficio haciéndose pasar por la otra persona o simplemente hacerla daño, sin que exista beneficio. El sujeto activo de este delito será, por lo tanto, aquel que tendrá que responder a la pena que se le aplique una vez que se haya juzgado dicho delito de usurpación.
Sujeto pasivo
El sujeto pasivo de este delito es la persona cuya identidad ha sido suplantada. Aquí no hay ningún tipo de distinción, no importa que sea adulto, menor de edad o que sea una persona incapacitada. Cuando suplantan una identidad a una persona, esta será siempre el sujeto pasivo.
Dolo: tiene que ser intencionado
Para que haya delito de usurpación de estado civil tiene que haber daño. Es decir, el delito ha de ser intencionado. Sino, como hemos visto, puede que se quede en un simple error.
Usurpación de Estado Civil en el Código Penal
Este delito de tipo penal se encuentra regulado dentro del Título XVIII «De las falsedades» y se encuentra en el Código Penal, en el artículo 401.
A consecuencia del aumento de este tipo de delitos en Internet, la Fiscalía General del Estado propuso regular este tipo de usurpaciones en un capítulo independiente a dicho artículo. Pero una vez más, la condición es que el delito sea intencionado. Si no, no se considerará delito.
Si existe delito en la usurpación de identidad la pena variará dependiendo de la gravedad de este. Como en la gran mayoría de delitos, dependiendo de la intención o del daño que se haya causado la pena podrá ser más o menos grave.
En este sentido, está castigado con la pena de prisión de seis meses a tres años.
Usurpación Estado Civil en Redes Sociales
La usurpación de identidad es algo más antiguo que el propio Internet. Esto quiere decir que cuando se trata de un delito de suplantación en la red, esta no se encuentra recogida dentro del artículo. Esto es lo que ha propiciado que se produzcan muchos de estos delitos en la red. Es una conducta típica entre los usuarios de las redes sociales por la facilidad que ofrece Internet para cometer estos delitos.
Es importante señalar que la ley tiene todo esto en cuenta y por ello existen otros medios que sirven para computar estas penas.
Por estos motivos, la Fiscalía General del Estado regula estos delitos en capítulos independientes. Así puede seguir protegiendo la identidad de las personas con las nuevas tecnologías.
Esto es vital si tenemos en cuenta la gran cantidad de personas que operan por Internet con documentación personal, así como la tenencia de cuentas bancarias digitales.
Por supuesto, las redes sociales también juegan un factor importante dentro de este apartado.
ILM Abogados puede ayudarte
La suplantación de identidad es algo que se encuentra a la orden del día, sobre todo en internet. Si crees que tu identidad ha sido suplantada, lo mejor es que cuentes con la figura de un buen abogado.
En ILM abogados somos expertos en Derecho Civil y estos casos de usurpación de estado civil. Contamos con la experiencia necesaria para que obtengas el resultado más favorable a tus intereses. ILM abogados no sólo te ayudará con todo el procedimiento legal, sino que también te asesorará y te ayudará a seguir unas pautas de actuación adecuadas para que el problema termine cuanto antes.
Contar con un buen abogado es la mejor forma de poder defender tus intereses. No dudes en contar con nosotros cuando creas que sea necesario.
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