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¿Me afecta el cártel de coches?

 

Puede que seas un afectado del cártel de coches y te pertenezca una indemnización de hasta un 9.000 euros.

Fiador solidario

Podriás ser uno de los 10 millones de afectados y no lo sabes.  Quizás  puedas reclamar por la indemnización por lo pagado de más cuando compraste tu coche.

En el caso de que comprases un coche entre 2006 y 2013 este artículo podrá servirte para averiguar si cumples todos los requisitos para saber si puedes pedir la indemnización o no. 

 

¿De qué trata el cártel de los coches?

Podriás ser uno de los 10 millones de afectados que pueden reclamar por la indemnización por lo pagado de más cuando compraste tu coche, y no lo sabes.

La Comisión Nacional de los Mercados (CNMC) llegó a la conclusión en 2013 de que 23 marcas de coches habían constituido un cártel para el intercambio de información confidencial.  Al respecto la CNMC tomó medidas en 2015. Aquellas marcas de coches fueron sancionadas con multas después de ser acusadas de compartir e intercambiar información confidencial. La que posteriormente usaron en beneficio propio para el control del mercado de la posventa y la distribución. Todo esto afecta a aquellos que compraron su vehículo de febrero de 2006 a 2013

No hace mucho las multas fueron ratificadas por  la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo, posterior a que la Audiencia Nacional desestimase lo que las marcas hubiesen interpuesto contra las sanciones de la CNMC.  

Entonces es ahora que todos los afectados podrán reclamar la indemnización. Mas de 10 millones de afectados podrán salir beneficiados. 

 

¿Cómo saber si soy afectado?

Entre esas 10 millones afectadas se encuentran desde personas físicas como empresas. Pero ¿Qué es lo que dicta que seas afectado o no lo seas?. el tipo de compra, el año de compra y la marca de coche.

 

Tipos de compras

Si conseguiste tu coche por compra, leasing o renting

Año de compra

Desde febrero del 2006 hasta el 2013

Marcas afectadas

Alfa Romeo, Audi, BMW, Chevrolet, Chrysler, Citroen, Dodge, Fiat, Ford, General Motors, Honda, Hyundai, Jeep, Kia, Lancia, Land Rover, Lexus, Mazda, Mercedes Benz, Mitsubishi, Nissan, Opel, Peugeot, Porsche, Renault, Saab, Seat, Skoda, Volkswagen, Toyota, Volvo, Dacia, Mini, Smart.

Si cumples estos tres requisitos podrás pedir la indemnización que variará según la marca y modelo. debido a que la indemnización se trata del sobre coste añadido a cada vehículo en particular. Pero aun así se estima que será entre un 10€ y un 12% de lo que pagaste en su día.

 

 

Qué hacer en caso de ser afectado 

Para reclamar el sobrecoste que sufre cada  comprador su resarcimiento deberá ser reclamado en demanda judicial. Si o si deberá ir acompañado de un informe pericial donde se encontrará la cuantía del sobrecoste. Y la demanda deberá ser presentada en el Juzgado Mercantil.

También hay que tener en cuenta que el plazo de prescripción es de un año según el art. 1968 del Código Civil. El año comenzó a contar cuando la sentencia del Tribunal Supremo. Este plazo puede ser interrumpido en cualquier momento, es por eso que cuanto antes se haga mejor.

 

 

Documentación para poder reclamarlo

  • En el caso de compra factura de adquisición del vehículo o póliza suscrita con la entidad financiera en caso de leasing o contrato de renting.
  • Ficha técnica del vehículo
  • Permiso de circulación del vehículo

Esta será la documentación imprescindible para poder reclamar la indemnización. 

 

 

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