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Reclamaciones a Booking por cláusulas abusivas de paridad

Si tu hotel o alojamiento tuvo contrato con Booking entre 2004 y 2024, puedes reclamar una compensación económica por las cláusulas de paridad declaradas nulas por la Unión Europea.

En ILM Abogados te ayudamos a recuperar las comisiones pagadas de más y a defender tus derechos frente a prácticas restrictivas de competencia.

Q

Booking impuso cláusulas que limitaban tus precios y tu libertad comercial.

Q

Durante años, los hoteles pagaron comisiones excesivas e injustificadas.

Q

Ahora los hoteles están en todo su derecho de reclamar y recuperar su dinero.

La Unión Europea ha declarado nulas las cláusulas de paridad de Booking. Reclama lo que te corresponde con el respaldo de ILM Abogados.

1. ¿De qué se trata el caso Booking?

Jurídicamente es la declaración de nulidad de ciertas cláusulas de paridad de sus contratos en España por ser lesivas a la competencia.

 

2. ¿En qué se basa esa consideración jurídica de cláusula contraria a la competencia?

Contra lo que pueda parecer, no nos basamos en la sanción de la CNMV de julio de 2024, que aunque ajustada al criterio jurídico, aún no es firme. Entendemos que la mera presencia de las cláusulas en los contratos debe interpretarse conforme a la sentencia TJUE de septiembre de 2024.

¿Quién puede reclamar?

Todos los hoteles y alojamientos turísticos, independientemente de su categoría, que hayan tenido en vigor un contrato con Booking entre 2004 y 2024.

 

3. ¿Existe entonces una sentencia de la Unión Europea que sancione a Booking?

No, las sanciones son propias de las jurisdicciones locales, pero la sentencia aclara y define el criterio para establecer infracciones de un Reglamento Europeo y cómo deben interpretarse, a saber: el alcance de referencia a las cláusulas accesorias.

 

4. ¿Esa sentencia vincula a los tribunales españoles?

Sí, porque el Reglamento al que se refiere ya es vinculante y aplicable desde su publicación, simplemente aclara criterios de interpretación y deja claro que las cláusulas de paridad no están amparadas entre las excepciones a las prohibiciones de dichas cláusulas en el mercado interior europeo.

 

5. ¿Se están interponiendo demandas en este sentido?

Creemos sinceramente que la falta de firmeza de la sanción de la CNMV está llevando erróneamente a los demandantes y a varias plataformas jurídicas a esperar a la resolución de los recursos interpuestos por Booking.

Más allá de un resultado que no debería desviarse del criterio declarado por la UE, entendemos que la sanción de la CNMV en España, no es el argumento jurídico nuclear, sino una prueba accesoria al verdadero origen de la infracción: la presencia de las cláusulas de paridad en contra del reglamento establecido por la UE.

ILM JURÍDICO LEGAL, S.L.P.

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Mail: info@ilmabogados.es www.ilmabogados.es

 

6. ¿Qué cantidades se pueden reclamar?

El concepto que lo rige es la cantidad económica que el hotel podría haberse ahorrado en comisiones a Booking si hubiese podido comercializar por otros canales alternativos habitaciones a precios inferiores a los pactados con la plataforma.

Dicho cálculo requiere de un informe pericial que supere el concepto jurídico de “suficiencia probatoria”, y puede realizarse con varios criterios, pero va desde el más pesimista que calcula aproximadamente un 15% de las comisiones abonadas a Booking por año, para un periodo de 5 años, a los más optimistas que estiman un 4% de la facturación bruta del hotel por un periodo de 20 años.

Dentro de esa horquilla se seleccionaría el método más conveniente en cada caso concreto dependiendo del tipo de hotel, periodo, cuota de venta con la plataforma, etc.

 

7. ¿Qué riesgos conlleva ese proceso?

Todo proceso judicial conlleva un riesgo principal que consiste en la desestimación de la demanda y la imposición de costas al demandante. Ese riesgo entendemos que es limitado, pero no inexistente; el criterio de la UE debería ser contradecido en sentencia para darse el caso de una desestimación.

Sin embargo, por las cuantías que se manejan, el procedimiento permitiría articular los recursos correspondientes para elevar la discusión a instancias que no podrían en teoría argumentar criterios contrarios a lo ya establecido por la UE.

 

8. ¿Qué hará Booking si es demandada?

Principalmente defenderse de la demanda argumentando que sus cláusulas son indispensables para el desarrollo del contrato y que la sanción de la CNMV no es firme. Ante el primer argumento, la UE ha sido clara, y ante el segundo, no será dicha sanción la clave de nuestra reclamación sino una prueba adicional.

Es muy probable que Booking sea proveedora de los posibles demandantes en el momento de la interposición de la demanda, con lo que se podría dar la paradoja de lograr que un Tribunal condene a un proveedor a abonar una indemnización mientras dicho proveedor sigue prestando el servicio.

Obviamente no podemos adelantar cuál será la reacción de Booking, pero hay dos cosas claras: Booking no puede dejar de pagar las comisiones de las habitaciones que comercializa, y negar la prestación del servicio al hotel causaría más perjuicio a su propia plataforma que al hotel. Por otra parte, el sistema de posicionamiento de Booking no es tan determinante como los filtros de búsqueda del cliente final tienen el punto de afinación; es complicado sugerir un alojamiento a un cliente que ya está filtrando por rango de distancia al centro, precio y estrellas del establecimiento.

 

¿Qué riesgo podría llegar a asumir el hotel frente a supuestas represalias por parte de Booking.com?

Consideramos que el riesgo es prácticamente inexistente por diversas razones, entre las que destacamos las siguientes:

  • Sería una actuación muy grave que puede conllevar consecuencias legales severas, más aún si hay una reclamación judicial en curso.
  • Booking se enfrentaría a un nuevo procedimiento sancionador e importantes multas por parte de la CNMC.
  • La Comisión Europea también podría investigar y sancionar a Booking por vulnerar la normativa sobre mercados digitales.
  • No se conocen medidas de represalias por parte de Booking frente a hoteleros europeos que ya les han demandado, ni tampoco se esperan en el caso de los hoteleros españoles.
  • Tampoco se conocen represalias en España en otros casos similares.

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Contacta con nosotros y cuéntanos tu caso. La primera consulta es gratuita y sin compromiso. Resolveremos tus dudas y te explicaremos cómo funciona el proceso de reclamación frente a Booking.

Estudio de viabilidad.

Realizaremos un estudio de viabilidad de tu caso para determinar si tu hotel cumple los requisitos y qué cantidades podrías reclamar por las cláusulas de paridad.

Documentación.

Solo necesitaremos que nos facilites la documentación del contrato con Booking (o los justificantes de las comisiones abonadas) para analizar las condiciones aplicadas y calcular el posible perjuicio económico.

Reclamación judicial.

Defenderemos tus intereses solicitando la nulidad de las cláusulas abusivas y la devolución de las cantidades pagadas de más por comisiones indebidas o restricciones comerciales impuestas por Booking.