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Una clienta de Cofidís logra anular los intereses abusivos
La entidad financiera Cofidís aplicó a una clienta una cantidad de intereses abusivos. De deber 556€ hasta alcanzar los 3.056,7€
Cofidis
Es lógico que cuando un cliente adeuda una cantidad de dinero se proceda a realizar una reclamación por la cantidad adeudada y, en caso de no obtener la respuesta deseada de la parte deudora, se podrá proceder a denunciar al cliente, pero ¿qué sucede cuando los intereses que se van aplican por el impago resultan abusivos?

Esto fue precisamente lo que le sucedió a una clienta de la entidad financiera Cofidis, quien tras deber la suma total de 556 euros, dicha empresa le aplicó intereses hasta alcanzar la suma de 3.056,47 euros, unos intereses que a todas luces resultan completamente abusivos.  Y es que, tal y como indica la Ley de 23 de julio de 1908 de Represión de la Usura en su artículo 1:

«Será nulo todo contrato de préstamo en que se estipule un interés notablemente superior al normal del dinero y manifiestamente desproporcionado con las circunstancias del caso o en condiciones tales que resulte aquél leonino, habiendo motivos para estimar que ha sido aceptado por el prestatario a causa de su situación angustiosa, de su inexperiencia o de lo limitado de sus facultades mentales”.

Y dicho artículo continua diciendo:

“Será igualmente nulo el contrato en que se suponga recibida mayor cantidad que la verdaderamente entregada, cualesquiera que sean su entidad y circunstancias. Será también nula la renuncia del fuero propio, dentro de la población, hecha por el deudor en esta clase de contratos».

Fallo de la Sentencia

Lógicamente, el fallo en la sentencia es a favor de la clienta, a quien se le condena simplemente a que abone la cantidad que se adeuda de 556 euros más los interés legales desde la fecha de interposición de la demanda y siempre de acuerdo con lo establecido en los artículos 1101, 1108 y concordantes del Código Civil. Es decir, el juez no tiene en cuenta la solicitud por parte de la entidad financiera de intentar cobrar una suma excesiva que no corresponde y da la razón a la clienta en este aspecto.

En otras palabras, la demanda por parte de la entidad financiera solamente se tiene en consideración de manera parcial y únicamente se condena a la clienta a pagar la cifra que realmente debe. Los intereses aplicados por parte de Cofidis son declarados nulos debido a ser muy superiores a los que estipula la ley.

 

En ILM reclamamos tus derechos

Las entidades financieras han de regirse por las leyes vigentes y actuar con sus clientes siempre dentro de lo que indica la ley, ello significa que ante cláusulas que resulten abusivas y que contradigan la ley es esencial reclamar y denunciar para defender tus derechos. Ante este tipo de situaciones resulta adecuado contar siempre con ILM abogados, estamos en derecho bancario y nos podemos hacer cargo del caso.

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